Juicio al procés

El nuevo año nos trae el comienzo de un juicio de proporciones novelescas. Desde enero, el Tribunal Supremo tiene señalados tres meses de sesiones para enjuiciar a los políticos más relevantes que han dirigido la Generalidad de Cataluña en la última legislatura. Por la Sala de lo Penal van a desfilar Junqueras, ex Vicepresidente de la Generalitat; Turull, ex Consejero de Presidencia; Romeva, ex Consejero de Exteriores o Forn, ex Consejero de Interior; entre otros ilustres. Es decir, se juzga a todo el anterior Gobierno de la Generalidad, salvo a aquellos que se encuentran huidos de la justicia, como es el caso del ex Presidente Puigdemont. En este enlace tenéis la impactante relación de acusados y huidos.

Además, se da la circunstancia de que los partidos políticos a los que pertenecen los acusados son precisamente los que mantienen en el poder al gobierno socialista de Pedro Sánchez y en los que, según las encuestas, debería apoyarse, tras las próximas elecciones, un hipotético gobierno de izquierdas formado por PSOE/Podemos. A este cóctel, ya de por sí inquietante, podemos añadir que el actual Presidente de la Generalidad, en su discurso de fin de año, ha llamado a la ciudadanía de esa Comunidad “rebelarse ante la injusticia”, refiriéndose al juicio penal a que estamos aludiendo.

Pues bien, posiblemente lo haya habido, pero no recuerdo que, al menos en los últimos 30 años, se haya seguido en los países democráticos de nuestro entorno un proceso con los ingredientes, presiones y tensiones que rodean al juicio del llamado procés.

Ya se han agotado dos de las tres fases del proceso penal. Ha terminado la instrucción o investigación en la que el juez Llarena realizó todas las diligencias precisas para determinar si existían indicios para acusar a determinadas personas de delitos concretos. También ha culminado la llamada fase intermedia en la que las acusaciones formulan sus escritos de calificación -en los que es fundamental el relato de hechos, la tipificación de los delitos y la petición de penas- y las defensas sus escritos de defensa. Únicamente resta el juicio oral, para el que se han señalado los tres meses de vistas en las que se practicarán todas las pruebas, con la declaración de todos los acusados (salvo que se acojan a su derecho a no declarar), de los testigos y, en su caso, de los peritos; terminando con las conclusiones definitivas de las partes y con el informe final de los abogados. El magistrado Llarena que ha llevado la investigación no formará parte de la Sala que enjuiciará los presuntos delitos, para evitar que su imparcialidad pudiera verse contaminada por un posible “prejuicio” formado durante la investigación.

En otro post hablé de las amenazas a que se está viendo sometida la independencia de los magistrados que deben instruir y enjuiciar el caso. Aquí voy a tratar del papel de las acusaciones, recayendo el peso de las mismas en la Fiscalía y la Abogacía del Estado (al margen de la acción popular que ejerce el partido político VOX).

Ya sabemos que la Abogacía del Estado desempeña sus funciones “bajo la superior y única dirección del titular del Departamento ministerial en que se integra”, esto es, bajo la dirección del Ministro de Justicia de turno (artículo 3 de la Ley de Asistencia Jurídica al Estado).

Por tanto, no hay discusión sobre que el Gobierno, a través de la Ministra de Justicia, puede dar instrucciones a la Abogacía del Estado, que está sometida a dependencia jerárquica. La Abogacía del Estado es, en definitiva, el despacho de abogados de la Administración del Estado, dirigida esta por el Gobierno.

El 21/11/2018 la Ministra de Justicia (a través de la Abogada General del Estado) cesó al Abogado del Estado jefe del Departamento Penal, que hasta entonces se había encargado del juicio al procés, a pocos días de la primera sesión del 18/12/2018, en la que se dilucidaron cuestiones procesales, como la propia competencia del Tribunal Supremo. Al margen de la oportunidad del cese a pocas semanas del inicio de uno de los juicios más importantes que haya debido afrontar la Abogacía del Estado, lo cierto es que el puesto era de libre designación y la pérdida de la confianza que determinó el nombramiento puede legalmente suponer la destitución. Según los medios de comunicación, el cese se habría debido a la negativa del Abogado del Estado a firmar un escrito de calificación que modificaba los hechos que habían resultado de la investigación.

Es importante que, al menos, nos planteemos dos cuestiones. En toda decisión política hay elementos técnicos y otros discrecionales. Si todas las decisiones se entendieran como puramente técnicas, estas decisiones siempre quedarían en manos de los profesionales de la Administración y los políticos no tendrían margen decisorio para configurar la realidad y acercarla a su proyecto político. Ahora bien, un escrito de acusación es eminentemente técnico y no parece terreno adecuado para hacer política. Cabe obviamente discrepar, desde un punto de vista técnico, sobre si los hechos investigados encajan en el tipo de rebelión, en el de sedición o simplemente en los de malversación y desobediencia; pero lo que parece claro es que ni los hechos ni su calificación es una cuestión discrecional o política. La segunda cuestión tiene que ver con la transparencia y con el respeto a la ciudadanía. A mi juicio, si se quiere imponer criterio político en un escrito técnico, se ha de asumir el coste político de tal decisión, actuando de un modo transparente.

En cuanto a la Fiscalía, aunque constitucionalmente debe sujetar su actuación, “en todo caso”, a los principios “de legalidad e imparcialidad”, lo cierto es que la decisión sobre quién es el Fiscal General del Estado corresponde al Gobierno y los fiscales actúan con “dependencia jerárquica” (artículo 124 de la Constitución). Hasta tal punto es así que algún constitucionalista -como el ex Ministro de Justicia del PSOE López Aguilar- ha sostenido que la Fiscalía es el instrumento de la política criminal del Gobierno. Por tanto, aunque la imparcialidad de la Fiscalía tiene apoyo constitucional, no parece que esté totalmente garantizada en un juicio con las tensiones políticas como el que nos ocupa.

El papel de las acusaciones tiene una relevancia indudable, si tenemos en cuenta que el Tribunal no puede condenar a más de lo que pidan las acusaciones o que, si estas piden la absolución, no puede condenar.

Es cierto que hasta ahora la Fiscalía ha mantenido un criterio técnico, pero está por ver si es capaz de llevarlo hasta el final, en los interrogatorios a los acusados y, sobre todo, en la fase de la calificación definitiva, en la que puede cambiar el relato de hechos y la petición de penas o incluso podría pedir la absolución a la vista de las pruebas practicadas.

En estos tres meses de juicio, la democracia se juega el tipo. Veremos si estamos a la altura.

3 comentarios

3 Respuestas a “Juicio al procés”

  1. EB dice:

    Por vueltas que nos demos, la probabilidad de que el juicio oral proceda y termine según las normas jurídicas vigentes es 0,001%, donde el 1 indica que no es imposible y los ceros indican su bajísima probabilidad. Si así sucede, el fallo dividirá a los abogados según estén abiertamente a favor o en contra del Procés. Si estoy equivocado y el gobierno consigue vender la idea de que el juicio sí ha procedido y terminado según las normas jurídicas vigentes, una mayoría de abogados se tomará su tiempo para discutir los argumentos jurídicos —discusión que interesará poco a quienes no tienen formación jurídica.

    El problema de Pedro Sánchez es doble: primero minimizar el costo que el fallo impondrá a sus cómplices independentistas, y segundo vender el cuento de que no ha habido interferencia política. Salvo un milagro, el juicio oral terminará con un fallo que impondrá un costo adicional a los acusados, esto es, adicional al costo personal ya pagado. Sánchez podría entonces perder por lo menos la próxima elección. Su problema es cómo minimizar ese costo: uno que satisfaga a los opositores al Procés en toda España pero no sea rechazado por sus cómplices catalanes. Pero no le será suficiente con tener éxito en minimizar ese costo: además debe persuadir a los votantes que no fue consecuencia de su intervención. La importancia de esa persuasión queda probada por la reacción más probable en caso de que el costo impuesto fuera percibido como muy alto: se sospecharía que el PP intervino. Si tuviera que apostar, lo haría por un fallo con un costo bajo, tan bajo que sería imposible persuadir a los votantes que Sánchez no intervino.

    En este momento, no parece que haya otro asunto que pueda ser decisivo para la elección como el juicio: aunque solo algo más del 20% de los votantes fuera sensible a su resultado y a la intervención de Sánchez para condicionarlo, sería suficiente para determinar la nueva coalición gobernante. Sánchez podría evitarse el problema llamando pronto a elecciones, pero lo más probable es que perdería y entonces le convendría continuar el juego esperando que un milagro cambie su suerte.

  2. EB dice:

    Isaac, aprovecho la publicación de esta columna

    https://www.elconfidencial.com/alma-corazon-vida/2019-01-07/leyes-estupidez-humana-carlo-maria-cipolla_1737958/

    sobre algo que he insistido en varios comentarios para que los lectores del blog aprendan algo más sobre lo que escribió Cipolla.

    Nota: El autor comete un error en la traducción de lo que dijo Mark Twain. La traducción correcta es “nunca discutas con un ignorante, te hará descender a SU nivel y ahí te vencerá por experiencia”.

  3. O'farrill dice:

    Estimado Isaac: tu calificación del tema como «de proporciones novelescas» ya define lo que es y, posiblemente, será: una novela, representación teatral o esperpento jurídico. Los hechos enjuiciados están claramente tipificados en el CP y, en mi opinión, tienen el agravante de haber sido realizados por quienes precisamente representan al Estado (no a los supuestos «catalanes») en Cataluña. Si el gobierno se ha incluido en el reparto de personajes y papeles, se ha metido en una función que no le corresponde, ya que es el Parlamento como representante del Estado, el que debería haber tenido una parte más activa y protagonista en todo el «proceso» (no olvidemos que es el Parlamento el que aprueba el «estatuto» que, a su vez, permite la existencia del parlamento de Cataluña y la elección de un gobierno en ese territorio).
    Hay hechos que lógicamente hace que salten las alarmas. El primero la posición del propio Sánchez, exactamente igual a la de Rajoy, a la hora de tomar una decisión constitucional, como sería la aplicación del artº 155 hasta que se desmontase todo el aparato de propaganda y adoctrinamiento que, a su vez, se difunde mediáticamente de una forma constante en la propia TV pública, dedicando a los personajes más importancia de la que tienen. Tampoco ayuda el cese del responsable de la Abogacía del Estado, un órgano que no está previsto para obedecer al gobierno, sino para evitar que «meta la pata» en su actividad administrativa o que los cargos públicos se pronuncien a favor de rebajar la imputación tipificada claramente. A los movimientos en la Fiscalía del Estado en ese sentido, se puede aplicar lo mismo ya que la fiscalía no es del gobierno, sino del Estado (eso los políticos siguen sin entenderlo). El hecho de que esté orgánicamente incluida en la Administración del Estado, no significa obediencia al ejecutivo, sino al Estado (representado en el Parlamento).
    Pero estamos en el mundo de los despropósitos donde todo vale, excepto para los ciudadanos de a pie (del soberano). Con unos «egos» de poder que ciegan a quienes se consideran «poderosos» en cualquier ámbito. Un poder que debe ser controlado, neutralizado y denunciado en su caso por las propias instituciones y sus cuerpos de funcionarios y por el propio Parlamento. Mientras exista la hipocresía democrática que padecemos – que empieza en la propia representación política (ley D’Hont), inconstitucional en su discriminación del valor del voto-, seguiremos lamentando la situación, pero nos mantendremos en la «ficción» novelesca de la separación de poderes y de la supuesta democracia partitocrática.
    Un saludo.

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