¿Puede una ley de memoria ser democrática?

La pregunta, por supuesto, es retórica. No creo que el legislador deba meterse a decirle a la gente lo que tiene que pensar o a los historiadores cuales deben ser las conclusiones de sus investigaciones.

Es verdad que cualquier ley delimita el bien del mal (al menos lo que el legislador coyuntural entiende por bien y mal), diciéndonos así cómo tenemos que manifestarnos y actuar en sociedad; pero no debiera meterse en la libertad de pensamiento o en la de investigación.

Es más, en principio, una ley se justifica por responder a una concreta necesidad para ordenar o articular la convivencia social; y, en este sentido, la ley debería responder al principio de intervención mínima: solo si existe tal necesidad está justificada la restricción de la libertad que supone cualquier regulación.

Sin embargo, ¿qué sentido tiene una ley que pretende definir lo que cada ciudadano debe pensar sobre una parte del pasado? En concreto, sobre una Guerra Civil y una Dictadura que terminaron hace 83 y 48 años, respectivamente.

Como sabéis, el Parlamento español aprobó recientemente la llamada Ley de memoria democrática.

Siendo bien pensados, podríamos creer que el legislador, fiel seguidor de Gellner, supone que resulta inviable una nación sin una mínima homogeneidad cultural y de pensamiento, y que esta sería la finalidad de la ley de memoria: construir un pasado colectivo y compartido.

Pero la verdad es que el legislador confiesa su intención desde los primeros párrafos del preámbulo. Así, nos viene a decir que las políticas de memoria tienen un claro precedente en la Dictadura, que puso en marcha su maquinaria represiva para construir lo que la ley denomina una memoria “totalitaria”. Y con este precedente, el benévolo legislador democrático, lo que pretendería es edificar una memoria, pero esta democrática. Es decir, con similares fines y estrategias a las de los regímenes totalitarios, ahora nos impondría una memoria “democrática” y, por tanto, verdadera.

La memoria que interesa a la ley es la relativa a lo acontecido desde el alzamiento militar del 18 de julio de 1936 hasta la entrada en vigor de la Constitución actual, el 29 de diciembre de 1978, metiendo en el saco de la memoria, necesitada de revisión, lo ocurrido entre la muerte del Franco, el 20 de noviembre de 1975, y la vigencia de la Constitución. Es decir, esa transición a la democracia que interna e internacionalmente se ha considerado como verdadero ejemplo a seguir, el legislador de la memoria la considera como una suerte de proyección sospechosa de la Dictadura.

Pero lo que, lamentablemente, pretende la ley de memoria es instaurar una verdad histórica oficial y, al tiempo, reprobar, reprimir e incluso sancionar la divergencia a esa verdad revelada por el legislador. Y ¿qué es para el legislador esa memoria democrática? Sencillamente, la compartida por la mayoría coyuntural que en estos momentos ejerce el poder.

Esto, obviamente, afecta a un derecho fundamental, como es la libertad de creación científica, literaria y artística. Dado que los historiadores que se aparten de la “memoria democrática” se verán, cuando menos, privados de aparato subvencionador estatal.

Ningún legislador debería decirle a un investigador cuál es la línea democrática/verdadera. En este sentido, es interesante recuperar el Appel (Llamamiento) de Blois (2008), suscrito por más de un centenar de prestigiosos historiadores, que, sobre las leyes memoriales, señala que «[l]a historia no debe ser esclava de la actualidad ni escribirse al dictado de memorias concurrentes», porque «[…]en un Estado libre no corresponde a ninguna autoridad política definir la verdad histórica«. La finalidad de este Appel es parar «la deriva de las leyes de memoria» porque no corresponde a «los responsables políticos» la función de «instituir […] verdades de Estado» respecto al pretérito, imponiéndolas por ley.

Parece que nuestro legislador no se ha dado por enterado y pretende sentar por ley la verdad de lo ocurrido.

Una ley como esta también afecta a las diversas manifestaciones de la libertad de pensamiento y expresión. Hay que tener en cuenta que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dicho que, sin el reconocimiento y garantía de estos derechos, no existe democracia; y que su extensión supone respetar no sólo las opiniones y manifestaciones populares en cada momento, sino las hirientes, irritantes o incluso despreciables. Así, nuestro Tribunal Constitucional consideró incluida en la libertad de expresión, por ejemplo, la negación del holocausto. La única excepción a estas libertades es el llamado discurso del odio, como incitación a la violencia o al directo menosprecio a personas o grupos.

Por tanto, esas libertades, esenciales en una democracia, amparan, por ejemplo, a quienes defendieran las buenas acciones de la Dictadura (que las hubo); incluso, justificasen el alzamiento, dada la situación de absoluto desmoronamiento en que se encontraba la República a partir de 1934; o criticaran las barbaridades cometidas por la República en guerra, que distó de ser un Estado de Derecho. Todo esto será discutible y discutido por historiadores, políticos y ciudadanos; pero lo que resulta inadmisible es que el legislador pretenda imponernos una sola lectura de estos complejos hechos, reprobando todas las demás.

Recordemos que la ley de memoria contiene algunas mamarrachadas como la siguiente: Se declara ilegal el régimen surgido de la contienda militar iniciada con dicho golpe militar y que, como consecuencia de las luchas de los movimientos sociales antifranquistas y de diferentes actores políticos, fue sustituido con la proclamación de un Estado Social y Democrático de Derecho a la entrada en vigor de la Constitución el 29 de diciembre de 1978. Al margen lo absurdo de declarar ilegal un régimen caído hace 48 años, parece ridícula la intención de hacer creer que su derrumbe fue consecuencia de las luchas de los movimientos sociales antifranquistas; cuando, como todo el mundo sabe, el dictador murió en su lecho.

Pero, sobre todo, la ley de memoria afecta al pluralismo como base de todo sistema democrático.

Así, conviene recordar, con uno de los mejores politólogos contemporáneos -Sartori-, que lo característico de una democracia es la posibilidad real de que, quienes ahora están en minoría, puedan convertirse en mayoría gobernante. Esto supone que la verdadera medida de una democracia se encuentre en el respeto y las garantías de que disfruten las minorías (Lord Acton), a las que se ha de dar un amplio margen para manifestar su diversidad de opinión, de manera que, en algún momento, pueda convertirse en mayoritaria.

Cuando una mayoría transitoria (todas lo deberían ser) trata de imponer un único relato como verdadero y democrático, tachando a los demás de totalitarios (o, en la expresión tan de moda, fascistas), lo que está pretendiendo es condenar al ostracismo y al silencio a todas aquellas minorías que discrepen, aunque sea parcialmente, de esa verdad oficial. Así, esa mayoría transitoria se estaría colocando cómo Papa infalible que sienta verdad de fe y coloca en el pecado y la consiguiente excomulgación democrática a quien discrepe.

De nuestra Constitución se ha dicho que establece un marco lo suficientemente amplio para que quepa cualquier opción política, de manera que incluso quienes pretenden la destrucción del régimen constitucional tengan cabida, siempre traten de imponer su proyecto respetando los procedimientos constitucionales. Por eso se afirma que nuestra democracia es no militante o procedimental. La actual mayoría, sin embargo, ha roto con esa concepción democrática, tratando de imponer a la sociedad su visión dogmática y tachando de antidemocráticos o totalitarios a quienes discrepen.

Y este, precisamente, es uno de los peores síntomas de los tics absolutistas de esta mayoría transitoria. En fin, esta ley es un trágala más que una sociedad, por desgracia, inane acepta pasivamente. Y la democracia se va degradando poco a poco hasta que terminar por ser un nombre vacío.

Un comentario

Una respuesta para “¿Puede una ley de memoria ser democrática?”

  1. R. Estévez dice:

    Agradecer al autor el artículo y la referencia a Ernest Gellner, uno de los grandes intelectuales del siglo XX.
    https://es.wikipedia.org/wiki/Ernest_Gellner
    Comparto el contenido de lo escrito por Isaac y trataré de añadir algo en otro momento.
    Gracias y un saludo

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